EL CONSEJO ASESOR DE CENTROS
VIRTUALES
Definici—n
.
.
.
Integraci—n
El Director del Centro Virtual ser‡ asistido por un
Consejo Asesor cuya integraci—n ser‡ definida de acuerdo a la reglamentaci—n
que se dicte, la que deber‡ prever la participaci—n de miembros externos al
IEES-UDAAM. Integran el Consejo asesor de los Centros Virtuales: El Rector quien
lo presidir‡, los Vicerrectores del
IEES-UDAAM; los Directores de los
Institutos de Investigaci—n;
seis (6) docentes ordinarios efectivos de perfil docencia e
investigaci—n, de los cuales cuatro (4) ser‡n profesores y dos (2) auxiliares
de docencia; dos (2) estudiantes de carreras de postgrado de maestr’a o
doctorado; un (1) representante del ‡rea de Ciencia, Tecnolog’a e Innovaci—n
del Gobierno de la Provincia de Valverde, tres (3) representantes de
instituciones cient’fico tecnol—gicas, del estado nacional o provincial
(incluidas empresas de base tecnol—gica), y dos (2) representantes de las
entidades empresariales de la provincia de Valverde. El Secretario de
Investigaci—n, Desarrollo y Transferencia de Tecnolog’a ser‡ el Secretario del
Consejo y participar‡ en sus reuniones, con voz y sin voto (salvo en caso de
empate).
Los representantes de los docentes y estudiantes de
postgrado ser‡n elegidos en forma directa por sus pares.
Los consejeros estudiantiles tienen dos (2) a–os de
mandato, mientras que los dem‡s miembros cuatro (4) a–os.
Los representantes externos no podr‡n ser docentes o
personal de apoyo del IEES-UDAAM.
Convocatoria
Las sesiones del
Consejo de asesores de los Centros Virtuales son presididas por el Rector, o en
ausencia por el Vicerrector que este designe, o en su ausencia por el
Vicerrector de mayor antigŸedad en la instituci—n.
El Consejo de asesores
de Centros Virtuales se reunir‡ en sesiones ordinarias una vez cada cuatro (6)
meses y en sesi—n extraordinaria cuando la convoque expresamente el Rector o
las dos terceras partes de sus miembros.
El Consejo de asesores
de Centros Virtuales sesionar‡ v‡lidamente con la presencia de la mitad m‡s uno
de sus miembros.
Funciones
Al consejo de asesores
de Centros Virtuales le corresponde:
1.
Dictar
los reglamentos generales necesarios para el desarrollo de los Centros Virtuales
del IEES-UDAAM.
2.
Definir
las estrategias y prioridades del
Centro Virtual del IEES-UDAAM, las metas plurianuales y el plan operativo anual con los
resultados esperados.
3.
Aprobar
anualmente el calendario acadŽmico, la convocatoria a la presentaci—n de
programas y proyectos.
4.
Dictaminar
y presentar sobre el rŽgimen de financiamiento de proyectos de investigaci—n y
desarrollo tecnol—gico.
5.
Establecer
el rŽgimen de evaluaci—n externa de programas y proyectos de investigaci—n, y
el sistema de seguimiento de programas y proyectos.
6.
Proponer
al Consejo de Programaci—n y Gesti—n EstratŽgica el rŽgimen de incentivos al
personal que participe en proyecto de investigaci—n, desarrollo y transferencia
de tecnolog’a, en concordancia con la legislaci—n nacional vigente.
7.
Establecer
la pol’tica de becas del IEES-UDAAM.
8.
Entender
en acciones dirigidas a la valorizaci—n, explotaci—n, utilizaci—n de recursos y
productos de las capacidades cient’fico-tecnol—gicas de IEES-UDAAM, incluyendo
el fomento de la producci—n, vinculaci—n, servicios y transferencia de
tecnolog’a. Estas acciones podr‡n realizarse en forma directa o mediante la
organizaci—n de entidades sin fines de lucro o sociedades, en forma individual
o asoci‡ndose con otras personas.
9.
Entender
en los contratos de investigaci—n, servicios tecnol—gicos, asistencia tŽcnica y
transferencia de tecnolog’a.
10. Entender en las actividades de investigaci—n,
ciencia y tecnolog’a vinculadas con las pol’ticas nacionales y autoridades
nacionales y provinciales en la materia.
11. Entender en el desarrollo de parques
cient’fico-tecnol—gicos e incubaci—n de empresas de base tecnol—gica o entes art’sticos.
12. Servir de plataforma operativa local para
impartici—n de laboratorios, impartir ex‡menes, aulas virtuales para
conectividad, aulas semiprescenciales y actividades
regionales de la IEES-UDAAM.